Ley Orgánica de Comunicación - APAE
Los candidatos a la Presidencia de la República han propuesto derogar o reformar la Ley Orgánica de Comunicación debido al clima de censura y persecución que ha contribuido a establecer en el país. Los gremios audiovisuales abajo firmantes nos solidarizamos con el quehacer de todos los periodistas y comunicadores independientes y rechazamos todos los elementos de la ley y todos los actos que atenten contra la libertad de expresión. Separándonos de la polarización política - que a nuestro criterio reduce el nivel del debate - queremos puntualizar los aspectos positivos y negativos de la ley actual.
Ley Orgánica de Comunicación
1
post-template-default,single,single-post,postid-1,single-format-standard,ajax_fade,page_not_loaded,,qode-title-hidden,qode-theme-ver-9.3,wpb-js-composer js-comp-ver-6.9.0,vc_responsive

Ley Orgánica de Comunicación

La derogación de la Ley Orgánica de Comunicación podría tener consecuencias catastróficas para la industria audiovisual ecuatoriana

 

Los candidatos a la Presidencia de la República han propuesto derogar o reformar la Ley Orgánica de Comunicación debido al clima de censura y persecución que ha contribuido a establecer en el país. Los gremios audiovisuales abajo firmantes nos solidarizamos con el quehacer de todos los periodistas y comunicadores independientes y rechazamos todos los elementos de la ley y todos los actos que atenten contra la libertad de expresión. Separándonos de la polarización política – que a nuestro criterio reduce el nivel del debate – queremos puntualizar los aspectos positivos y negativos de la ley actual.

La SECCIÓN VI de esa ley fue diseñada para desarrollar a mediano plazo la industria audiovisual ecuatoriana. Estas normas se inspiraron en directrices vigentes en muchos países que buscan apoyar y proteger al sector audiovisual nacional en concordancia con los principios de libertad de expresión y diversificación de contenidos esenciales en democracia. Esta sección de la ley ha tenido efectos muy positivos en el crecimiento de algunos sectores audiovisuales como el publicitario y el comunitario pero mantiene una deuda pendiente con el sector cinematográfico, cuyo espíritu de fomento en la práctica se vio burlado por el reglamento actual. Por estas razones justificamos su reforma y apoyamos su vigencia y fortalecimiento pero no su derogación. A continuación exponemos algunos de los efectos a los que hemos aludido.

1.  Estímulo a la producción independiente de contenidos audiovisuales

La SECCIÓN VI de la Ley Orgánica de Comunicación y su artículo 102 dispone que los canales de televisión nacional adquieran una parte de su grilla de programación a los productores independientes ecuatorianos y contribuyan al fomento del cine nacional de calidad mediante la figura de la adquisición anticipada de derechos de radiodifusión. Estas normas no han sido implementadas porque existen graves incongruencias entre la Ley y el reglamento que desvirtúan totalmente el espíritu de la ley. El reglamento permite a los canales de televisión pagar multas irrisorias cuando deciden no adquirir los derechos de transmisión de dos largometrajes de producción nacional independiente al año, como estipula la ley, y así obviar esta importante obligación con el desarrollo del sector audiovisual ecuatoriano. Estimular y dinamizar el mercado local de contenidos independientes es una propuesta positiva para el país. Lejos de ser derogadas, creemos que estas normas deben ser perfeccionadas para evitar que quienes tienen el deber de acatarlas o hacerlas cumplir puedan desvirtuarlas como ocurre en la actualidad. Como sector estamos dispuestos a trabajar para que esos artículos se respeten y la producción independiente y los televidentes puedan beneficiarse de ese desarrollo.

2.  Producción local de contenidos publicitarios

En esta misma sección de la ley, en el artículo 98, se dispone que la publicidad audiovisual que se difunda en el país sea producida por empresas legalmente constituídas en el Ecuador. Y aunque hay mucho por trabajar para que este artículo cumpla su función a cabalidad, sus efectos han sido muy positivos, produciendo un salto cuantitativo y cualitativo en la producción de comerciales de televisión y campañas de fotografía publicitaria. Anteriormente, la mayor parte de los comerciales de televisión y campañas de fotografía publicitaria se producían en el exterior. Hoy en día todos los comerciales de televisión transmitidos en territorio ecuatoriano son producidos localmente y muchos de ellos son parte de importantes campañas regionales o son réplicas de comerciales internacionales, cuya calidad es igualada o superada por nuestras productoras y fotógrafos. Este crecimiento ha permitido que se creen nuevas empresas relacionadas con el audiovisual (productoras, casas de renta de equipos, post-productoras de imagen y de sonido, empresas de catering, entre muchas otras) dinamizando la economía del sector, generando plazas de empleo y permitiendo que el nivel de profesionalización crezca exponencialmente. El creciente flujo de trabajo originado gracias a esta sección de la ley, ha permitido la adquisición de equipos tecnológicos necesarios para producir audiovisuales de alta gama. Estos equipos, antes escasos en el país, ahora satisfacen la demanda interna y son utilizados tanto para la producción de comerciales como para la producción cinematográfica y de televisión. La eliminación de la SECCIÓN VI de la Ley Orgánica de Comunicación, propiciaría la entrada de grandes cantidades de comerciales y fotografías de campañas regionales producidos en el extranjero. Adicionalmente varias empresas ecuatorianas con recursos para producir publicidad lo harán fuera del país, ya que al estar en una economía dolarizada, algunos de nuestros costos son más elevados que los de otros países de la región. Esto hará muy difícil para las empresas audiovisuales ecuatorianas competir con el extranjero y el resultado será evidente: el cierre de una gran cantidad de productoras y el desempleo generalizado en el sector. Se calcula que las grandes marcas dejarían de invertiraproximadamente 15 millones de dólares en el Ecuador solamente en producción audiovisual y fotográfica. Aunque faltan muchas cosas por hacer y varios artículos y su reglamento aún deben ser revisados, podemos asegurar que la SECCIÓN VI de la Ley Orgánica de Comunicación, orientada al desarrollo de la industria audiovisual ecuatoriana, ha dado frutos en muy poco tiempo y necesita varios años más para poder consolidar la industria y volverla competitiva a nivel internacional. Estamos seguros de que existen argumentos de sobra para que los candidatos a la presidencia y vicepresidencia, y la sociedad en general, comprendan la preocupación de nuestro sector y la necesidad de preservar los artículos de la Ley Orgánica de Comunicación que fomentan el crecimiento del sector audiovisual ecuatoriano y por ende el desarrollo económico y cultural de nuestro país.

 

Quito, 17 de marzo 2017

 

AETC Asociación Ecuatoriana de Técnicos Cinematográficos

ADEC Asociación de Documentalistas del Ecuador

AFE Asociación de Fotógrafos Ecuatorianos

APAE Asociación de Productoras Audiovisuales del Ecuador

COPAE Corporación de Productores Audiovisuales Ecuatoriana

DGE Asociación de Guionistas y Directores Ecuatorianos de Cine Independiente

UNIACTORES Asociación de Actores Audiovisuales del Ecuador

 

No Comments

Sorry, the comment form is closed at this time.